La solicitud de cambio de custodia individual a custodia compartida es una de las preguntas más frecuentes de los últimos años en nuestro despacho de abogados.
Por norma general no hace mucho tiempo atrás, la custodia de los menores recaía la mayoría de las veces en la figura materna, sobre todo si el niño era aún bebé. Esto podía ser bien por que lo determinara el juez o por que al ser el niño muy pequeño era el padre el que renunciaba a la custodia ya que veía que el menor tenía la necesidad vital de estar más cerca de su mamá. Es ahora, cuando muchos padres reclaman o quieren reclamar el poder implicarse más tiempo en el día a día de los hijos y tienen la necesidad de reclamar su custodia compartida.
Claro está que el padre o madre no custodio que quiere conseguir la custodia, debería haber cumplido con sus obligaciones expuestas en el convenio regulador, es decir no haber incumplido con el pago de pensión alimenticia, haber cumplido con su régimen de visitas establecido, haberse involucrado en la vida cotidiana del niño como puede ser asistencia a tutorías, fiestas escolares, revisiones médicas. También es muy importante a la hora de reclamar la custodia que no haya un cambio de hábito en el día a día del niño, es decir que no haya que cambiar al niño, por ejemplo, de colegio, que pueda realizar su rutina sin problemas.
QUÉ PASA CON LA OPINIÓN DEL MENOR SOBRE EL CAMBIO DE CUSTODIA
El artículo 92.6 del código civil regula la audiencia de los menores por el Juez y el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice » a los menores se les oirá, si tuviesen suficiente juicio y en todo caso, si fueren mayores de 12 años». El ser escuchado no implica que el juez tenga que seguir a rajatabla su opinión ya que hay otros factores a tener en cuenta.
Antes de decidir sobre el cambio de custodia, el Juez mandará realizar un informe psicológico – social a un profesional psicólogo judicial oficial que analizará individualmente las relaciones de los padres con el menor y alentará en el supuesto de existir indicios de alineación parental.
Una vez que el menor haya expuesto su opinión en sede judicial y el Juez haya leído los informes psicológicos oficiales, éste tomará la decisión de conceder o no la custodia a la parte reclamante en función de lo que él crea más beneficioso para el niño.
LOS MOTIVOS PARA RECLAMAR UNA MODIFICACIÓN DE LA CUSTODIA
- La edad del menor va aumentando.
- El deseo y necesidad del menor de permanecer el mismo tiempo con ambos padres.
- Cambio de domicilio de uno de los progenitores.
- Absolución en el caso de existir denuncias penales por violencia doméstica o de género.
PASOS A SEGUIR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN DE CAMBIO DE CUSTODIA
- Comprobar que ha habido un cambio sustancial de las condiciones que determinaron la custodia original.
- La comunicación real a la otra parte de las intenciones del reclamante de solicitar la custodia porque las circunstancias han cambiado.
- Interposición de la demanda, presentación de argumentos y documentos que justifiquen dicha decisión de obtener un cambio de custodia. Es en éste punto donde la calidad del abogado se hace notar ya que, una buena estrategia, redacción y defensa son fundamentales para hacer ver al Juez la necesidad del cambio de custodia.
- Decisión final del Juez a favor o en contra.
En cualquier caso siempre hay que estudiar cada procedimiento en concreto y estudiar minuciosamente las particularidades individuales de la situación para preparar una estrategia personalizada que nos haga conseguir el objetivo.