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Alba & Luna ABOGADOS Desahucios en Benalmádena -Arroyo de la Miel
¿Qué se debe hacer cuando alquilas un inmueble y el inquilino deja de pagar la renta o no cumple con las condiciones pactadas?
Desde Alba & Luna Abogados, le asesoramos sobre los pasos a seguir para iniciar el procedimiento de desahucio o desahucio express lo antes posible y evitar así, la pérdida de capital por parte del arrendatario, recuperando la propiedad del inmueble.
Tomar la decisión de interponer una demanda de desahucio desde el primer impago es importantísimo, ya que este tipo de procedimientos afectan tanto al patrimonio del propietario como a la situación anímica personal.
- Desahucios de vivienda y / o local por falta de pago o por ejecuciones hipotecarias .
- Desahucio express.
- Desahucio por precario.
- Desahucio por expiración de plazos.
- Desahucio por incumplimiento de las cláusulas pactadas.
- Desahucio por realización de obras no consentidas.
- Desahucio por realización de actividades ilícitas, molestas o peligrosas.
- En caso de estar hablando de Okupas, el procedimiento se lleva a cabo siguiendo la reforma de Ley del 2018 Anti Okupas o desahucio express contra Okupas.
Interponer una demanda de desahucio puede ser un proceso largo y poco beneficioso para el propietario si no se lleva a cabo de manera correcta por un abogado con conocimiento y experiencia real en derecho inmobiliario
Alba & Luna ABOGADOS Desahucios Benalmádena
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¿Cuáles son los nuevos trámites legales para poder demandar a un inquilino por falta de pago según la nueva Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda?
Desde el pasado mes de Mayo que entró en vigor la nueva Ley de vivienda, todas las demandas de desahucio tienen que cumplir, obligatoriamente, con una serie de requisitos administrativos para que la demanda no pueda ser inadmitida por el juzgado.
¿ Cuáles son los nuevos requisitos que hay que incluir en la demanda de desahucio?:
- Especificar si la vivienda ocupada es la vivienda habitual del inquilino o no.
- Demostrar si el demandante ( el propietario) es un gran tenedor o no. Se entiende por gran tenedor a aquellas personas que tengan 10 o más inmuebles a su nombre o tengan una superficie de 1500 m2 de uso residencial, también son considerados gran tenedor a aquellos propietarios que tengan 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en zonas tensionadas ( dichas zonas tensionadas serán fijadas por las Comunidades Autónomas)
- Los propietarios considerados como grandes tenedores tendrán que certificar si los inquilinos de la vivienda a recuperar están en situación de vulnerabilidad.
- Los grandes tenedores tendrán que acreditar haber acudido previamente a un acto de conciliación.
¿En qué consiste el proceso de desahucio?
1.Enviar un burofax
Un mes antes de la interposición de la demanda, con el fín de evitar que el inquilino pueda paralizar el proceso.
Lo que el arrendador no debería hacer, nunca, hasta que se haya conseguido recuperar la posesión del inmueble de forma legal a través del juzgado, serían acciones como cortarles el suministro de luz y agua, cambio de cerradura ya que el arrendatario podría demandarle por coacción.
Si el arrendatario moroso sigue sin abonar la cuantía impagada de renta y suministro, el arrendador podría interponer una demanda de desahucio por falta de pago para poder recuperar la vivienda, local o finca urbana.
2. Demanda
Una vez presentada la demanda y admitida a trámite dicha demanda de desahucio, el juzgado citara al inquilino para una vista . En este punto el inquilino puede no presentar oposición y el juzgado aprobaría la terminación del proceso sin que se celebre ninguna vista en el juzgado.
3. Celebración juicio
Si el inquilino presenta un escrito de oposición en el juzgado, debe alegar las razones por las que se opone al desahucio. Aquí sí se celebraría juicio y habría que esperar a la resolución judicial.
4. Fase de lanzamiento de la vivienda o local:
Es cuando se recupera el inmueble, cuando conviene pedir que se incluya el estado de la vivienda, en el acta levantada por la comisión judicial en el momento del lanzamiento, por si hubiera que reclamar daños